Casi ha pasado un año desde que Castilla-La Mancha dio un paso interesante en simplificación administrativa con la Ley 4/2025, de Simplificación, Agilización y Digitalización Administrativa
Lo que más me llama la atención no es la ley en sí, sino una de sus piezas: la obligación de mantener un Catálogo de procedimientos administrativos actualizado, que debe incluir para cada trámite —entre otras cosas— los órganos competentes, los plazos de resolución, el sentido del silencio administrativo y los recursos disponibles.
Sobre el papel, suena a lo que llevamos años pidiendo desde dentro: que la ciudadanía (y los propios técnicos) sepamos, de un vistazo, qué trámites existen, quién los gestiona y qué pasa si nadie contesta a tiempo.
Pero aquí está el reto real, el que no sale en el BOE: un catálogo así solo sirve si se mantiene vivo. He visto (todos hemos visto) inventarios de procedimientos que nacen con muy buena intención y a los dos años están desactualizados porque nadie tiene asignada la tarea de mantenerlos.
La ley también crea un Buzón de Simplificación Administrativa para que la ciudadanía proponga mejoras directamente. Esa parte me parece la más valiosa a medio plazo: la simplificación real casi nunca la ve quien diseña el procedimiento, sino quien lo sufre.
La pregunta que me hago: si en tu administración existe ya un catálogo de procedimientos, ¿quién es responsable de que siga vivo (o actualizado) dentro de tres años?
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